Para un islandés o para un mexicano o para un habitante del desierto la frase “derecho al sol” implica cosas diferentes. Es más, en la Internet podemos encontrar algunos textos donde el derecho al sol se identifica con el derecho al esparcimiento, al ocio o al tiempo libre: a gozar del sol en la playa. También el título podría invocar el catastrófico viaje de Ícaro con sus alas de cera hacia el Sol. Los que me conocen o han leído estos artículos inmediatamente pensaron que abordaría el tema de la energía solar, y efectivamente así será. Especialmente el día de hoy quiero llamar la atención de licenciados en derecho o abogados para invitarlos a discutir un aspecto importante para el desarrollo económico sustentable relacionado con las fuentes renovables de energía y en particular para la energía solar.
Hace algunos días, en el Instituto de Energías Renovables (UNAM) tuvimos un Congreso Nacional de Estudiantes en Energías Renovables y en él estuvimos platicando sobre las actuales posibilidades de instalar dispositivos que aprovechen la energía solar y la transformen en calor (calentadores solares) o en electricidad (sistemas fotovoltaicos). En la actualidad, las tecnologías solares son económicamente favorables para aquellas personas que pagan electricidad en tarifa Domiciliaria de Alto Consumo o en Tarifa 2 de Negocios. En este contexto comenté que deberíamos demandar nuestro derecho al Sol, sin aclarar el punto, pero parece que todos entendimos la frase: demandar nuestro derecho al Sol.
Esto debido a que en la actualidad, muchas personas pueden colocar sistemas solares en sus techos y generar electricidad o agua caliente. Esto también puede ser posible para edificios de departamentos con no más de 4 pisos (en un cálculo de órdenes de magnitud la energía solar que incide sobre estos edificios podría producir el equivalente a un consumo medio en esos departamentos).
Hoy en día podemos aprovechar la radiación solar y al menos en el ámbito doméstico generar la energía equivalente a la que usamos. Esto claramente beneficia a la sociedad, ya que la energía fotovoltaica evita la emisión de gases de efecto invernadero. Caso similar son los pequeños negocios como cafeterías, lavanderías, tiendas de conveniencia, etc. a quienes se les incluye en la tarifa 2 de la CFE. Además, la implantación de tecnologías solares sobre las edificaciones de las casas habitación o de los negocios propiciará el desarrollo de pequeñas empresas de servicio con la consiguiente generación de riqueza local. La correcta instalación de estos dispositivos requiere una preparación técnica especializada, por lo tanto los empleos generados serían de calidad. Es decir el fomento de las energías renovables es, también, un motor de la economía local. Sin embargo, dado el movimiento del Sol a lo largo del horizonte y a nuestra posición latitudinal, la construcción de un edificio al sur de la azotea que deseemos utilizar para aprovechar la energía solar pudiera frustrar el aprovechamiento de la radiación solar y evitar un beneficio económico. Para ilustrar esta afirmación, imaginemos la siguiente situación: alguien coloca en el techo de su casa un sistema fotovoltaico para producir la energía que utiliza y con ello logra disminuir el pago del servicio eléctrico a menos de $100 al bimestre. Un poco tiempo después su vecino localizado al sur construye un edifico de diez pisos y con ellos sombrea todo el techo de la casa de la familia que instaló los sistemas fotovoltaicos. El resultado de este hecho es que el vecino que construyó el edificio imposibilita al la familia la generación de electricidad por medios solares, es más ahora debido a esa construcción la familia solar regresa a pagar más de $2,000 pesos, esto es grave.
Claramente esta situación contrapone un derecho de diferentes personas: el primero tiene derecho a utilizar la radiación solar que incide sobre su terreno para producir energía y el segundo a construir un edifico para obtener beneficios de su terreno.
En el ámbito internacional podemos encontrar en la Internet que esta discusión ha comenzado, pero no pude encontrar referencias en México.
Por esta razón invito a profesionales del derecho a iniciar la discusión sobre estos tópicos. Necesitamos de profesionales que conozcan las leyes para discutir como preservar los diferentes derechos de las personas. Anticipo que situación similar puede pasar con el aprovechamiento de la energía eólica, al bloquear el viento por construir edificios cercanos.
Espero este breve texto motive a estudiantes y profesores de escuelas y facultades de derecho para que se inicie la discusión sobre estos tópicos, para construir las leyes de convivencia necesarias para fomentar el uso de las fuentes renovables de energía y el desarrollo sustentable. Por supuesto, que este tema debe ser retomado por los legisladores de todos los niveles, pero más que nada nosotros los ciudadanos debemos impulsar su discusión, ya que de su pronta resolución dependerá parte del nuestro futuro en cuanto al suministro de energía. Se imaginan nuestra vida sin la disponibilidad de energía: sin gasolina o sin electricidad en casa o en el trabajo. Comparto con ustedes mi deseo de un México Solar.
Una versión previa de este artículo fue publicado el día 13 de Noviembre
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